El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó retirar de inmediato el ejemplar impreso y digital de la revista ‘Siempre’, el cual incitaba un discurso de odio en contra de la precandidata presidencial de Morena Claudia Sheinbaum. El partido MORENA denunció a María Beatriz Pagés Llergo Rebollar, titular de la revista “Siempre”, así como a los responsables
El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó retirar de inmediato el ejemplar impreso y digital de la revista ‘Siempre’, el cual incitaba un discurso de odio en contra de la precandidata presidencial de Morena Claudia Sheinbaum.
El partido MORENA denunció a María Beatriz Pagés Llergo Rebollar, titular de la revista “Siempre”, así como a los responsables de la edición impresa, por la publicación y distribución del ejemplar número 3678, año LXX, en la que se plasmó una imagen, presuntamente, de Claudia Sheinbaum Pardo, con una cinta roja rodeada de la esvástica Nazi, así como la leyenda ¡NO PERMITAMOS QUE GANE!, lo que, a percepción del quejoso, proyecta un discurso de odio y hace un llamado a la ciudadanía a no votar por MORENA y su candidata.
Aunque la Comisión resolvió improcedente la medida cautelar respecto de la promoción de la portada editorial en internet al tratarse de un trabajo cumplido y a la vez desatendido, sí emprendió medidas cautelares.
El colegiado estimó que se atribuyó una idea política, símbolos que fomentan el discurso de odio, incitación a la discriminación o a la violencia, lo que violenta la conocida libertad periodística por atentar contra los derechos político-electorales del partido de la 4T y su precandidata única, Claudia Sheinbaum Pardo.
Por lo anterior, el INE ordenó a la revista en un plazo de 24 horas, consumar las acciones, trámites y gestiones necesarias para suspender la reproducción, circulación, distribución, venta y promoción del ejemplar número 3678, así como la eliminación de la nota editorial de su portal de internet o de cualquier otra plataforma en la que se haya difundido dicho material.
Se negó la medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva, ya que se trata de hechos futuros de realización incierta, es decir, no se tienen elementos para considerar que la conducta denunciada se repetirá.
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